Abandono familiar como causa de desheredación.

Nuestro cliente se pone en contacto con nuestro Departamento Jurídico tras recibir una Demanda interpuesta por su hermano solicitando impugnación de testamento, en el que instituía heredero universal a nuestro cliente y lo desheredaba a él, con el objetivo de que se declarase nulo el referido testamento otorgado por el padre de ambos, concretamente, la cláusula testamentaria que deshereda a uno de los hermanos (demandante), y solicitando a su vez la anulación de institución de heredero de nuestro cliente (demandado) con la imposición de costas correspondiente.

 

Contents

La demanda de acción de impugnación de testamento

El demandante arriba referenciado formuló su demanda alegando en síntesis los siguientes hechos:

  • Que no existe causa de desheredación, no siendo cierto lo manifestado en el testamento del padre de ambos.
  • Que su padre estaba demasiado enfermo cuando realizó su testamento ante Notario y que era nuestro cliente (la parte demandada) quien le impedía el acceso a la vivienda del padre, así como cualquier contacto o relación con él. 

 

Acción

Una vez que se nos dio traslado, nuestro despacho de abogados formuló Contestación a la Demanda, alegando los motivos por los cuales nuestro Cliente había actuado de manera correcta tanto con su padre como con su hermano, y acreditando que su padre había otorgado testamento en plenas facultades mentales ante Notario, todo ello con el fin de que se dictara sentencia DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA PARTE CONTRARIA.

Contestada la demanda, se convocó a las partes para la celebración del acto de la Audiencia Previa, donde se fijaron como hechos controvertidos:

  1. Si existe o no malos tratos psicológicos por parte del demandante hacia su padre. 
  2. Y, en consecuencia, si existe o no justa causa de desheredación basada en el abandono emocional y físico del demandante hacia su padre.

 

Practicada las pruebas en el Acto del Juicio, el Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia desestimando la demanda interpuesta contra nuestro Cliente, siendo absuelto de todos los pedimentos interesados de contrario, con imposición de costas a la parte actora.

 

Conclusión

El departamento Jurídico de Conter Consultores basó su defensa en demostrar que existía una justa causa de desheredación en virtud del artículo 853.2º del Código Civil que recoge de manera delimitada y especificada el concepto de “Maltrato de Obra” y reiterada jurisprudencia que fallaba en este sentido. Además, las pruebas mostraban la realidad de la situación familiar existente en el que quedaba acreditado el abandono emocional y físico que el demandante había tenido hacia su padre y, por tanto, no cabía la impugnación del testamento dado que la causa de desheredación estaba debidamente justificada.

 

Por tanto, es MUY IMPORTANTE tener en cuenta que, en este tipo de procedimientos de impugnación de testamentos por alguna causa de desheredación, impugnación de herencias o incluso el otorgamiento de testamentos y/o aceptación de herencias, es imprescindible contar con un buen asesoramiento jurídico.  

 

¿Por qué contar con Conter Consultores?

Nuestro Departamento Jurídico está formado por abogados especialistas en Herencias y Sucesiones, con una gran trayectoria en dirigir este tipo de procedimientos tanto judiciales como extrajudiciales, ya sea para resolver dudas sobre la aceptación y partición de una herencia o en su caso, sobre cualquier actuación judicial que se quiera llevar a cabo relacionado con este asunto. 

Llámanos ahora

¡A tí también te puedo ayudar!

Déjanos tus datos y tu consulta y me pondré en contacto contigo para asesorarte responder tus dudas.

Virginia Romero

Author Virginia Romero

More posts by Virginia Romero

Leave a Reply

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.